jueves, 23 de abril de 2026

De la liquidación judicial (L. 1116/2006).

Cordial saludo estimados estudiantes.

Ya pueden descargar la presentación sobre esta unidad temática en el archivador virtual del blog. Confío en que les resulye útil.


A continuación les comparto el vídeo de contexto para cuando tengan un espacio lo revisen. Veamos:


Agradeciendo su amable atención, y sin otro particular;


Julián T.

Solicitud - Proceso de reorganización empresarial. / Trabajo 1 - Segundo corte A-2026.

Estimados estudiantes, un cordial saludo.

A continuación les comparto el caso para la actividad indicada en el título de esta entrada. Veamos:

La sociedad comercial PIEDEMONTE LLANERO S.A.S., tiene por objeto social la siembra, transformación, comercialización  y  exportación  de  piña  a  varios  países,  entre  los  cuales  se  encuentra  la  República Bolivariana de Venezuela.

Desde hace cerca de cinco (5) años, paulatinamente ha visto disminuir sus ingresos debido a la demora en los pagos de los productos vendidos a Venezuela, entre otras razones por las dificultades para adquirir las divisas.

Lo  precedente  ha  llevado  a  la  compañía  a  una  situación  de  cesación  de  pagos  que  en  la  actualidad  le permite  sumar  obligaciones  vencidas  por  más  de  cuatro mil ochocientos  cincuenta  millones  de  pesos ($4.850.000.000) con 19 acreedores, entre los cuales se encuentran 5 bancos.

Pese a las obligaciones vencidas, la sociedad no ha sufrido pérdidas que reduzcan su capital a menos del cincuenta  por  ciento,  pero  sí  está  al  borde  de  alcanzarlas. PIEDEMONTE LLANERO  S.A.S.,  no  tiene pasivos pensionales a cargo ni obligaciones pendientes por retenciones de carácter obligatorio a favor  de autoridades fiscales por descuentos efectuados a los trabajadores, o por aportes al sistema de seguridad social integral.

La sociedad acaba de abrir con éxito mercados en Centroamérica, aprovechando entre otras, las ventajas del  TLC  vigente  con  México,  lo  cual  le  permitirá  en  un  corto  plazo,  cubrir  sus  obligaciones  en  mora; y acordó suscribir un Código de Gestión de Ética Empresarial y de Responsabilidad Social.

Mediante  decisión  adoptada  con  las  formalidades  legales  se  determinó  que  la  sociedad comercial PIEDEMONTE LLANERO  S.A.S.,  se  acogerá  al  régimen  de  insolvencia  previsto  en  la  Ley  1116 de 2006, mediante la modalidad de reorganización empresarial.   Para  los  fines  previstos  en  el párrafo anterior,  han  decidido,  además,  acudir  a  través  de  abogado  ante  la autoridad competente.

>>> Teniendo en cuenta la información suministrada, por favor proyecten la solicitud que generaría una situación como la expuesta en el caso.

No olviden adjuntar:
  1. El  memorial-poder  especial  conferido  a  quien  actúe  como  apoderado  (a)  de PIEDEMONTE LLANERO S.A.S.
  2. La memoria explicativa que debe hacer el deudor, y
  3. El proyecto de calificación y graduación de créditos (Son 19 acreedores, dentro de los cuales  hay 5 bancos, y el total de pasivos suma 4.850 millones de pesos). Los demás documentos que se deben anexar de conformidad con la Ley, serán mencionados simplemente, pero no es necesario que los proyecten y/o diseñen. Sin que esto impida que quienes tengan acceso a este tipo de información la adjunten, ajustada al caso concreto.
Equipos de trabajo de máximo tres (3) estudiantes.  Fecha  y  hora  de  entrega: jueves 7 de mayo de 2026 a las 8:15 p.m. en el aula de clase. 

Éxitos.

Agradeciendo su amable atención, y sin otro particular;

Julián T.